Aranceles y HTS

EE. UU.: órdenes AD y CVD para L-lisina china de pienso

Commerce emitió órdenes separadas antidumping (AD) y compensatorias (CVD) para L-lisina de grado alimentario animal cubierta procedente de China tras la determinación de daño a la industria estadounidense. El aviso se aplica desde el 16 de septiembre de 2026; no fija una tasa combinada única para todos los envíos. Las tablas de depósitos y los intervalos de medidas provisionales son distintos.

Qué cambia

El alcance escrito comprende lisina para pienso en formas HCl, sulfato y líquida, formas recubiertas o encapsuladas y el componente de lisina en mezclas o premezclas. El procesamiento en un tercer país no la excluye automáticamente; códigos arancelarios y números CAS no sustituyen la descripción escrita.

La tabla AD indica depósito del 73,37% para las parejas productor/exportador enumeradas y del 139,65% para la entidad China; difieren de los márgenes de dumping del 73,55% y 139,83% por compensaciones de subvenciones. La tabla CVD indica el 48,21% para demás productores y el 82,11% para dos empresas nombradas.

Según el aviso, la suspensión y los depósitos AD se reanudan desde la publicación del dictamen ITC el 8 de septiembre, y los CVD desde el 9 de septiembre. Las entradas en el intervalo sin medidas provisionales AD que comienza el 2 de septiembre y el CVD que comienza el 22 de mayo requieren evaluación separada. Sumar dos tasas o mirar solo la fecha del aviso no determina la deuda de un envío.

Qué debe comprobar el equipo importador

  • Compara grado para pienso, forma química, composición de mezclas y origen con el alcance escrito; documenta cualquier procesamiento en terceros países.
  • Registra productor/exportador y fecha de ingreso; confirma con el agente la tabla AD, la tasa CVD de la empresa y ambos intervalos de medidas provisionales.
  • Conserva pruebas de composición, origen y procesamiento, registros de ingreso, ambas órdenes oficiales y confirmación de tasas en el mismo expediente.

Esta síntesis trata del aviso Commerce citado. No es una resolución de alcance, un cálculo de tasa combinada ni una liquidación final de una operación; confirma instrucciones CBP y hechos concretos con asesores cualificados.

Fuente: International Trade Administration · 2026-18924 · PDF oficial