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México: tarifas autorizadas para uso de infraestructura portuaria

La Secretaría de Marina publicó el 15/09/2026 un aviso que da a conocer tarifas autorizadas para el cobro por uso de infraestructura portuaria en diversos puertos. El aviso remite a archivos PDF con las tarifas; dichas tarifas entrarán en vigor veinte días hábiles después de la publicación.

Qué cambia

La Dirección General de Puertos informó que "fueron autorizadas las tarifas para el cobro por el uso de infraestructura portuaria" tras solicitudes recibidas en la Ventanilla de Gestión.

El aviso incorpora enlaces electrónicos para consultar los documentos aprobados (por ejemplo www.dof.gob.mx/2026/SEMAR/4277_2026.pdf y 4278_2026.pdf) y precisa: "las tarifas ... entrarán en vigor a partir de los veinte días hábiles siguientes a su publicación en el Diario Oficial de la Federación."

El propio aviso entra en vigor el día de su publicación. Para conocer montos y alcance por puerto debe consultarse cada PDF.

Pasos prácticos para operaciones de importación

  • Descargue y revise los PDF enlazados para identificar las partidas tarifarias aplicables a su puerto/terminal.
  • Cuente veinte (20) días hábiles desde 2026-09-15 para fijar la fecha de entrada en vigor de las nuevas tarifas.
  • Comuníquelo a líneas navieras, operadores portuarios y contabilidad para ajustar facturación y contratos.

El texto publicado aquí no incluye las tablas ni valores tarifarios concretos; solo anuncia la autorización y remite a archivos externos para conocer montos y alcance.

Fuente: SECRETARIA DE MARINA · 5798801