Aranceles y HTS
EE. UU.: voto afirmativo de la ITC sobre OCTG de cinco países
La ITC determinó que revocar las órdenes de derechos compensatorios sobre productos tubulares para la industria petrolera (OCTG) de India y Turquía y las órdenes antidumping sobre OCTG de India, Corea del Sur, Turquía, Ucrania y Vietnam probablemente llevaría a la continuación o reaparición de un daño material a una industria de EE. UU. El comisionado Jason E. Kearns votó en contra respecto de la orden antidumping sobre Ucrania.
Qué cambia
Estas segundas revisiones quinquenales (investigaciones n.º 701-TA-499-500 y 731-TA-1215-1216 y 1221-1223) se iniciaron el 1 de julio de 2025 y se tramitaron como revisiones completas, con una audiencia pública el 23 de julio de 2026; la ITC suspendió su calendario durante la fase de suficiencia por la falta de asignaciones presupuestarias.
Las determinaciones se presentaron el 24 de septiembre de 2026 y abarcan las siete órdenes; el único voto en contra que recoge el aviso es el del comisionado Kearns sobre la orden antidumping de Ucrania. El comisionado Samuel T. Negatu no participó.
El aviso no revoca las órdenes, no reformula su alcance ni cambia ninguna tasa de derecho o depósito. Las razones constan en la USITC Publication 5790.
Qué debe revisar un equipo de importación
- Clasifica tus entradas de OCTG por origen: las órdenes antidumping cubren India, Corea del Sur, Turquía, Ucrania y Vietnam, y las órdenes compensatorias revisadas solo India y Turquía.
- No cambies el manejo de depósitos AD/CVD para OCTG por este aviso, que no fija tasas; confirma las tasas vigentes por fabricante y exportador con tu agente aduanal.
- Sigue en el Federal Register el próximo aviso del Departamento de Comercio sobre estas siete órdenes y consulta la USITC Publication 5790 para conocer los fundamentos, incluido el voto dividido sobre Ucrania.

