Aranceles y HTS
EE. UU. mantiene la orden antidumping a carretillas chinas
El Departamento de Comercio mantuvo la orden antidumping sobre carretillas de mano y algunas de sus partes de China tras la cuarta revisión quinquenal, en la que Comercio y la ITC concluyeron que revocarla probablemente haría volver el dumping y el daño. La continuación rige desde el 18 de agosto de 2026 y CBP sigue cobrando depósitos a las tasas vigentes en la entrada.
Qué cambia
La orden se aplica desde el 2 de diciembre de 2004. Su alcance cubre carretillas de mano de cualquier material, montadas o no, incluidas las convertibles y las de electrodomésticos, diablitos y carros de mano, además del bastidor vertical, la zona de agarre y la placa de carga como partes.
Quedan excluidas las carretillas motorizadas, los carritos de equipaje con tubos telescópicos de menos de 5/8 de pulgada, los porta bolsas de golf, ruedas y neumáticos y un carro multifunción carretilla-diablito. HTSUS 8716.80.5010, 8716.80.5090 y 8716.90.5060 son solo referencias; prevalece el alcance escrito.
Qué debe revisar un equipo de importación
- Compara cada carretilla, diablito o parte con el alcance escrito y sus exclusiones, no solo con HTSUS 8716.80.5010 o 8716.90.5060.
- Para mercancías cubiertas de origen chino, confirma con tu agente aduanal la tasa de depósito aplicable en la fecha real de entrada, ya que la orden continúa.
- Guarda especificaciones, fotos y tu razonamiento sobre el alcance junto a los registros de entrada por si CBP o Comercio preguntan si la mercancía está cubierta.

