Aranceles y HTS
México: cuotas definitivas a acero laminado de China y Vietnam
La Secretaría de Economía publicó el 03/09/2026 la Resolución Final del expediente AD_34-24: declaró discriminación de precios en importaciones de aceros laminados en caliente de China y Vietnam y estableció cuotas compensatorias definitivas por empresa en dólares por kilogramo.
Qué cambia
La resolución final AD_34-24 concluye que las importaciones investigadas de acero plano laminado en caliente de China y Vietnam se realizaron con discriminación de precios y amenazaron a la producción nacional.
El punto 673 aplica cuotas definitivas al producto cubierto sin importar el país de procedencia, incluidas importaciones definitivas y temporales, depósito fiscal, recintos fiscalizados, las fracciones de Regla Octava y cualquier otra fracción utilizada.
Las cuotas en USD/kg son: China — Shanghai Meishan Iron 0.3087; Wuhan Iron 0.3050; otras productoras chinas comparecientes no seleccionadas 0.3070; demás exportadoras chinas 0.3087. Vietnam — Hoa Phat Dung Quat 0.2855; Formosa Ha Tinh 0.2719; demás exportadoras vietnamitas 0.2855. La medida rige desde el 4 de septiembre de 2026.
Para mercancía en depósito fiscal, la cuota se aplica antes de retirarla para importación definitiva o temporal. Quien pruebe origen distinto de China y Vietnam conforme al acuerdo citado no debe pagar esta cuota.
Pasos operativos inmediatos
- Identifique el acero por producto, origen y exportadora, incluidas Regla Octava, depósito fiscal y otras fracciones arancelarias; aplique la cuota específica de la empresa.
- Si el importador demuestra origen distinto a China o Vietnam, prepare la documentación conforme al 'Acuerdo... determinación del país de origen' citado para evitar el pago.
- Para mercancía en depósito fiscal, verifique la cuota antes del retiro para importación definitiva o temporal y confirme el tratamiento del pedimento con su agente aduanal.

