Logística y envíos

México exime garantía de tránsito en el Corredor Interoceánico

Desde el 14 de octubre de 2026, el tránsito internacional elegible entre Coatzacoalcos y Salina Cruz, en ambos sentidos, queda exento de la cuenta aduanera de garantía. El decreto del 13 de octubre exige tránsito continuo exclusivamente por el Corredor del Istmo.

Qué cambia

Las mercancías deben salir en las mismas condiciones de ingreso y cumplir las reglas del SAT. Se prohíben almacenamiento comercial, venta, transformación, desconsolidación, fraccionamiento y desvío al mercado nacional.

Siguen pagándose infraestructura y servicios del corredor; incumplir puede generar impuestos definitivos y sanciones.

Tres comprobaciones operativas

  • Confirme las aduanas de entrada/salida y la ruta exclusiva antes de reservar.
  • Conserve sellos, registros de carga y movimientos que acrediten continuidad e integridad.
  • Revise las reglas operativas del SAT y presupueste los cargos del corredor.

La exención corresponde a esta garantía; no es una exención fiscal general ni libre tránsito nacional. Confirme el procedimiento operativo aplicable.

Fuente: PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA · 5800978